octubre 24, 2023 |

Desde el día 1 al 30 de noviembre, se abre el plazo anual para solicitar acogerse al régimen de IVA DIFERIDO a la importación, para las operaciones que se vayan a realizar durante el próximo año 2024.

Para tener derecho a la aplicación del IVA DIFERIDO en la importación, será necesario realizar la solicitud a través de la Declaración Censal en el Modelo 036 Casilla 530, ingreso cuotas IVA a la importación liquidado por la Aduana (ARTÍCULO 167.DOS segundo párrafo de la Ley 37/1992, reguladora del IVA).

Pueden solicitarlo todas las empresas o profesionales que actúen como importadores dentro de los plazos establecidos para su solicitud, y deberá tener un periodo de liquidación que coincida con el mes Natural.

Una vez la empresa esté registrada en el régimen de IVA DIFERIDO no tendrá que hacer el pago del IVA con el Mod. 031, ya que podrá optar por incluir la cuota Liquidada de IVA por la Aduana en la declaración de importación, Declaración – Liquidación Mensual del IVA Mod. 303.

En el Mod. 303 hay que cumplimentar la casilla 33, referida a las «cuotas soportadas en las importaciones» y la casilla 77 referida al «IVA a la importación pendiente de ingreso».

Si tiene cualquier duda a lo anteriormente expuesto, podemos ofrecerles soporte para la gestión y tramitación a través de nuestro Departamento de Aduanas, Tel. 936 000 229 – Sr. Ezequiel Lizón.

POSTED ON octubre 24, 2023